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[Ayudas y Subvenciones] Programa para el fomento de la Innovación en Cooperación Elkarlanean 2015.

  • jueves 29 de octubre de 2015

Organismo convocante

Departamento de Desarrollo Económico y Territorial

 

Plazo de Presentación

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 15 de octubre de 2015 y finalizará a las 13:30 horas del día 30 de octubre de 2015, independientemente de la vía de presentación

 

Entidades beneficiarias

  • Empresas con personalidad jurídica propia que presenten proyectos de innovación en colaboración cuya actividad principal se encuadre se encuadre en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria y Comercio al por mayor Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Tener al menos un centro productivo, o de alto valor añadido en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  • Tener una plantilla entre 5 y 100 personas, en equivalentes anuales a jornada completa.
  • No superar, al menos, uno de los dos límites siguientes, según último impuesto de sociedades presentado:
  •  20.000.000 euros de volumen anual de negocio.
  •  20.000.000 euros de balance general.
  • Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y Entidades Locales, así como sociedades mercantiles dependientes de entidades locales entre cuyos principales fines esté el impulso de la colaboración entre empresas

 

Entidad líder

  • La entidad líder será una entidad que por sí misma podría ser beneficiaria del presente Decreto conforme a lo establecido en el artículo 3.
  • Será la entidad de la agrupación que desarrolle un mayor porcentaje de las actividades del proyecto e incurra en un mayor gasto.
  • La entidad líder será responsable de la presentación de la solicitud y de la presentación de la documentación para la justificación de la totalidad de la subvención, reuniendo la documentación de cada una de las entidades que colaboran en el desarrollo del proyecto.

 

Hecho subvencionable

Se considera hecho subvencionable las actuaciones dirigidas a fomentar proyectos de cooperación para la innovación de nuevos productos / servicios y/o acceso a nuevos mercados, que sean de aplicación en centros de producción de Bizkaia.

A efectos de este Decreto la cooperación para la innovación se define como un acuerdo entre tres o más empresas independientes (de acuerdo con lo descrito en el apartado 3.1), que uniendo o compartiendo parte de sus conocimentos, capacidades y/o recursos establecen un cierto grado de interrelación, compartiendo riesgos, con objeto de desarrollar en común un proyecto innovador para el que tienen identificada una oportunidad de negocio.

 

Plazo de ejecución

Los proyectos desarrollados al amparo del presente Decreto deberán iniciarse y finalizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de junio de 2016

 

Más Información

Boletín Oficial de Bizkaia – nº 197 – 14 de octubre de 2015

Corrección de errores - Boletín Oficial de Bizkaia - nº200 - 19 de octubre de 2015